Características
Según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cuatro factores clave son utilizados para determinar si una legislación configura un paraíso fiscal:
Si la legislación no impone tributos o estos son solo nominales. La OCDE reconoce que cada legislación tiene derecho a determinar si imponer impuestos directos. Si no hay impuestos directos pero sí indirectos, se utilizan los otros tres factores para determinar si una legislación configura un paraíso fiscal.
Si hay falta de transparencia.
Si las leyes o las prácticas administrativas no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países en relación a contribuyentes que se benefician de los bajos impuestos.
Si se permite a los no residentes beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando no desarrollen efectivamente una actividad en el país.
• Poseen escasos o nulos convenios con otros países, en materia tributaria.
• Ofrecen a empresas y ciudadanos protección del secreto bancario y comercial.
• No poseen normas de control de movimientos de capitales (origen o destino). Esto permite el blanqueo de dinero y reciclaje de capitales.
• Tienen un sistema que permite la convivencia de un régimen tributario para los nacionales y otro para los extranjeros.
• Poseen una infraestructura jurídica, contable y fiscal que permite la libertad de movimiento de personas y bienes.
Una característica de un paraíso fiscal es que en el mismo suelen convivir dos regímenes fiscales diferenciados y legalmente separados. Por un lado, el que afecta a los residentes y empresas locales, los cuales están sujetos al pago de impuestos como en cualquier otro país y, por el otro, el de los no residentes, que gozan de ventajas fiscales y suelen tener prohibida cualquier actividad económica o de inversión dentro de su territorio. Para facilitar la separación de estas dos economías paralelas, usualmente se cuenta con legislación e instituciones especialmente reservadas a los no residentes, como los bancos offshore o las sociedades IBC (International Business Companies).
Es habitual que los datos de accionistas y directores de empresas no figuren en registros públicos, sino que se encuentren bajo la custodia de su representante legal, el llamado agente residente (registered agent). Estas características han provocado que estos países, a menudo muy pequeños en extensión y población, hayan conseguido acumular en 2009 un cuarto de la riqueza privada de todo el mundo, según el FMI. Históricamente se los ha acusado de servir de cobijo a evasores de impuestos, terroristas y narcotraficantes que esconden sus identidades tras sociedades offshore, cuentas numeradas, directores fiduciarios, fundaciones, trusts o acciones al portador.
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