La sociedad anónima panameña puede constituirse en tan sólo tres días. En pos de promover nuevas inversiones, la burocracia allí brilla por su ausencia. Las sociedades requieren la celebración de un acuerdo entre dos o más personas mayores de edad, quienes deberán suscribir al menos una acción cada uno, sin importar cuál sea su nacionalidad o su domicilio. Este acuerdo debe presentarse ante notario público en Panamá, para la confección de la escritura pública correspondiente. Luego, esa escritura deberá ser inscrita en el registro público de Panamá, donde paga una tarifa de transacción anual de u$s 250. Para los años siguientes pagará u$s 300. Lo usual para este tipo de sociedades en que el capital de inversión inicial sea de al menos u$s 10.000 y por esta cantidad debe pagar alrededor de u$s 60 en el registro público, más el costo de notario, que es de aproximadamente u$s 40, más los honorarios del abogado. De acuerdo a la ley fiscal panameña, las operaciones comercial